Colegio San Fernando Maristas Sevilla

INFORMACIÓN SOBRE TÍTULOS Y BECAS

TÍTULOS

TÍTULOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA: Gratuito, los solicita el Centro de oficio. 

TÍTULOS DE BACHILLERATO:

Las solicitudes de títulos se realizarán telemáticamente enviando al correo: secretariasevilla@maristasmediterranea.com los siguiente documentos:

  • Solicitud
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente
  • Copia del DNI
  • En su caso, copia del título/tarjeta de familia numerosa

El procedimiento a seguir será el siguiente:

1º  Rellenar e imprimir el siguiente modelo de solicitud:

2º Cumplimentar el modelo 046 realizando el pago correspondiente en la entidad bancaria y rellenar los datos. Especificamos algunos de ellos:  

  • Código territorial: ED41k8
  • Concepto: 0049 para Titulos.
  • Fecha de devengo: el día que rellenas el impreso o haces el pago.
  • Hay que marcar con una X casilla «Autoliquidación» en Datos Generales.
  • En el cuadro de descripción que hay debajo de «Autoliquidación» en Datos Generales hay que poner: «Por expedición de Título”.
  • El resto de apartados no es necesario rellenarlo.
    Una vez finalizado pulsar el botón de VALIDAR e imprimir el documento para pagarlo en la entidad bancaria o realizar el pago telemático (importante guardar e imprimir el modelo 046 una vez abonado)
    .

Tasas en vigor:
Bachillerato: 56,07 €

Reducciones o exenciones de tasas:

  1. Estarán exentos del pago de la tasa los siguientes solicitantes que tengan reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable:
  2. a) El alumnado miembro de familias numerosas de la categoría especial.
  3. b) El alumnado que, como consecuencia de actos terroristas, haya sufrido daños personales que sean de especial trascendencia, o que lo inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual, o cuyos familiares hasta segundo grado de consanguinidad, tutores o guardadores, hayan sufrido dichos daños.
  4. c) Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.

A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años.

  1. d) Las personas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.
  2. e) Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital a quienes se reconozca dicha condición de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o norma que la sustituya, las beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a quienes se reconozca dicha condición de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, o norma que lo sustituya, o las beneficiarias de ambas prestaciones.
  3. Tendrá derecho a una bonificación del 50% el alumnado miembro de familias numerosas de la categoría general que tenga reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable.
  4. Las condiciones exigidas en los apartados 1 y 2 deberán concurrir a la fecha del devengo de la tasa. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para que pueda recabar dicha información.

TRÁMITES ONLINE – JUNTA DE ANDALUCÍA

Desde el siguiente enlace se puede acceder a la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación. En las pestañas SOLICITUDES y CONSULTAS existe información a partir de las que se podrán realizar distintas gestiones relacionadas con becas, ayudas y admisión de los distintos niveles educativos.

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/


BECAS

Junta de Andalucía: http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/becas-y-ayudas

Ministerio de Educación: https://www.becaseducacion.gob.es/portada.html